Una deuda mobiliaria es una deuda cuando colocas en garantía un vehículo, como una camioneta, un auto, un camión.
¿Sí la deuda es de tipo mobiliaria, en una financiera, hay embargo?
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Normalmente las deudas mobiliarias, son de 2 tipos; hay entidades financieras que registran el carro o vehículo a tu nombre, y tú vas pagando en cuotas, pero hay otras entidades financieras que ponen el carro a nombre de la entidad, te dan el carro, tú lo manejas, pero ellos lo van a pasar a tu nombre el vehículo cuando tú recién vas a cancelas toda la deuda.
En ambos casos, hay una garantía. Pero ¿Qué quiere decir esto? En términos oficiales, en el contrato dice, si no pagas la deuda, te quitamos el carro. «No dice, literalmente así, lo dicen términos jurídicos», por eso se recomienda leer y analizar detenidamente el contrato.
¿En deuda mobiliaria hay o no hay embargo?
Cuando la deuda es mobiliaria en una financiera, obviamente que sí hay embargo y te mandaran cartas notariales.
Si no pagas varios meses, ya te inician el proceso de cobranza, y se comunican con al juez para que embarguen el vehículo.
Ahora, ellos por sí mismos no pueden ir y quitarte el vehículo. Ellos tienen que decirle al juez a través de una demanda que tú tienes una deuda y no estás pagando, y el juez tiene que ordenar que te quiten ese vehículo.
¿Cómo te embargan o quitan el vehículo?
Ellos informan a radio patrullas mediante el documento del poder judicial, a nivel nacional con el número de placa.
Y si te detienen por alguna infracción, en el sistema que tienen los policías, van a ver con el número de placa de tu vehículo, que tiene orden de captura, a nivel nacional, y ahí mismo, te lo van a quitar o embargar, y tú tienes que ponerte en contacto con la financiera y con el juez.